Doctrina del descubrimiento

El juez John Marshall fue el primero en aplicar la doctrina del descubrimiento en Estados Unidos en 1823

La doctrina del descubrimiento es un concepto del derecho internacional público así como del derecho indígena, que se explica como una doctrina usada por los colonizadores europeos respecto a las tierras «descubiertas» durante sus exploraciones para justificar la apropiación de territorios y ejercer dominio sobre los pueblos indígenas de las regiones de América, Asia y África.

Esta doctrina fue expuesta por primera vez en Estados Unidos en 1823 en el juicio Johnson v. M'Intosh, en donde el juez John Marshall de la Corte Suprema de los Estados Unidos, expuso la idea de que los exploradores venidos de Europa, a fin de tomar posesión de las tierras hasta entonces desconocidas por ellos, otorgando a cambio a sus habitantes autóctonos «la civilización y el cristianismo», fue necesario establecer un principio que justificara tal derecho de apropiación. Tal principio fue «que el descubrimiento, llevado a cabo a través de los súbditos de un gobierno o aquel en cuya autoridad se realizó, le otorgaba un derecho frente a los restantes gobiernos europeos, mismo que podría consumarse a través de la posesión.»[1]

La Iglesia católica ha rechazado que la llamada doctrina del descubrimiento forme parte de la enseñanza católica. Si bien algunos han sostenido que la base de la llamada “doctrina” se puede encontrar en documentos papales como las bulas Dum Diversas (1452), Romanus Pontifex (1455) o Inter Caetera (1493), la Iglesia ha recordado que dichos documentos fueron escritos en un período histórico específico, que estaban más bien relacionados con cuestiones políticas, y que no llegaron a estar considerados expresiones de la fe católica. Esas bulas, que la misma Iglesia reconoce que «no reflejaban adecuadamente la igual dignidad y los derechos de los pueblos indígenas», habrían sido manipuladas «para fines políticos por las potencias coloniales que competían entre sí, para justificar actos inmorales contra las poblaciones indígenas».[2][3]

  1. Johnson v. M’Intosh, 21 U.S. 543 (1823). 5 L.Ed. 681, 8 Wheat. 543. A través de la página de la Universidad de Tulsa. «This principle was, that discovery gave title to the government by whose subjects, or by whose authority, it was made, against all other European governments, which title might be consummated by possession.»
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